Identidad obligatoria en los cajeros cripto
El Real Decreto 813/2026, fechado el 7 de octubre, apareció en el Boletín Oficial del Estado el 8 de octubre. El texto incluye la identificación y comprobación de identidad en las operaciones realizadas en cajeros de criptomonedas.
Los operadores disponen de 18 meses para instalar los sistemas electrónicos de identificación que exige la norma. El plazo permite adaptar las máquinas y los procedimientos a la nueva obligación; el decreto establece el requisito, pero los operadores cuentan con ese periodo para completar la instalación de los sistemas.
El cambio modifica la experiencia de quienes acudían a un cajero para comprar o vender activos digitales sin completar antes una verificación de identidad. Una vez implantados los controles, los operadores tendrán que vincular cada transacción con una comprobación del usuario.
La norma no se limita a los cajeros: también endurece reglas aplicables a los juegos de azar en línea, los notarios y las organizaciones sin fines de lucro. Además, transpone parcialmente la Directiva (UE) 2024/1640 sobre prevención del lavado de dinero, por lo que el decreto combina disposiciones para distintos sectores con requisitos específicos para las operaciones de criptoactivos.
El calendario antilavado y las obligaciones para el sector
La publicación del decreto coincide con la preparación de la evaluación mutua del GAFI. El Tesoro español indica que el proceso culminará en octubre de 2027. La revisión examinará el marco del país contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
España ya preparaba esa revisión desde febrero de 2026, cuando su Tesoro solicitó apoyo especializado sobre la metodología de evaluación del GAFI mediante un contrato de consultoría de hasta EUR 2.480.000. El anuncio de licitación también relacionó la contratación con el calendario del examen.
La evaluación mutua anterior de España, publicada en diciembre de 2014, señaló áreas que requerían mejoras, entre ellas la identificación de clientes, la supervisión y los recursos destinados a la fiscalización. La información difundida sobre el Real Decreto 813/2026 indica que la norma también añade personal a Sepblac, la unidad de inteligencia financiera española.
El decreto forma parte de un paquete regulatorio más amplio. El 29 de septiembre, España aprobó el Real Decreto-ley 25/2026, una norma independiente que entró en vigor el 30 de septiembre e incorporó a los proveedores de servicios de criptoactivos a la legislación antilavado española de 2010, acercándolos al régimen de entidades obligadas.
La regla de viaje y el examen del mercado español
El Real Decreto-ley 25/2026 también adapta la legislación española a la regla de viaje de la Unión Europea, recogida en el Reglamento (UE) 2023/1113. Esa disposición exige que la información del remitente y del destinatario acompañe las transferencias de criptomonedas, con el objetivo de que los datos de las partes puedan seguirse junto con los movimientos de activos digitales.
La Comisión Europea había abierto en 2025 un procedimiento de infracción contra España por no transponer esa normativa. Según el despacho Gómez-Acebo & Pombo, el caso había llegado a la etapa de dictamen motivado; el bufete también advirtió que el país podía ser percibido como una jurisdicción con debilidades frente al financiamiento criminal y la evasión de sanciones internacionales.
La dimensión del mercado ayuda a explicar por qué las nuevas reglas tienen un alcance visible para el sector. Los datos de Coin ATM Radar citados en la cobertura sitúan a España por delante de otros países europeos en número de cajeros, con máquinas concentradas especialmente en Barcelona, Madrid y Andalucía; una cifra histórica difundida por Gulf News en 2021 contabilizaba 158 equipos en el país.
España no es el único país que ha endurecido su postura frente a estos dispositivos. Canadá anunció en abril que planeaba prohibir los cajeros de criptomonedas y los describió como un método primario para el fraude y el lavado de dinero, mientras que Indiana y Tennessee prohibieron las máquinas en Estados Unidos.
También en Estados Unidos, Coinme acordó cerrar sus quioscos en 34 estados y pagar USD $2.500.000 para resolver acusaciones relacionadas con la Ley de Secreto Bancario, según la Conferencia de Supervisores Bancarios Estatales. Ese antecedente ofrece un contraste regulatorio, pero no significa que España haya anunciado una prohibición: su medida exige identificar a los usuarios y concede a los operadores un periodo de adaptación.
Para las empresas que gestionan cajeros en España, el desafío inmediato será completar la transición dentro del plazo de 18 meses y aplicar controles que permitan verificar cada operación. Para los usuarios, el cambio reduce el margen para realizar transacciones anónimas en máquinas físicas; para las autoridades, llega antes de una evaluación internacional que revisará las reglas y la capacidad de supervisarlas.
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