La Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera o Ley Fintech de México entró en vigor en marzo de 2018 buscó desde entonces la regulación de los servicios financieros innovadores y promover la competencia. Es aplicable para empresas que ofrezcan servicios de fondeo colectivo (crowdfunding), préstamos, transferencias digitales y criptomonedas.
La Ley Fintech mexicana fue pionera en la región en establecer un marco legal nítido para instituciones de financiamiento colectivo, instituciones de fondos de pago electrónico y sociedades autorizadas para operar con modelos novedosos. Esta última, permite la prestación de servicio mediante sandbox que permite la experimentación de modalidades financieras “novedosas” a las existentes.
Ley Fintech: Ven marco regulatorio “poco claro” hacia las criptomonedas en México
Meses atrás, fundador de la firma de legal tech, Legal Paradox, Carlos valderrama, explicó a BeInCrypto que había más de ocho solicitudes para modelos novedosos vía sandbox para experimentar con monedas digitales, pero no han sido atendidas.
Lo anterior, porque la ley monetaria de Banco de México (Banxico) no estipula las monedas digitales, pero la Ley Fintech lo permite con la figura de “modelos novedosos”. Por ende, no hay un marco legal óptimo en el país que permita soluciones financieras con tecnologías como blockchain.
El artículo 16, la Ley Fintech estipula que las FinTech o startups podrán realizar operaciones con activos virtuales, pero deberán estar sujetos a los términos y condiciones de Banxico. En tanto, el artículo 22 establece que las instituciones de fondos de pago electrónico deberán informar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) cuando reciban activos digitales.
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Las FinTech o startups que quieran recibir autorización para operar o introducir nuevos productos financieros en México, deberán:
- Estar constituidas como sociedades anónimas.
- Fijar el capital mínimo que disponga la CNBV.
- Presentar un plan de negocios.
- Elaborar las políticas internas: de separación de cuentas, divulgación de riesgos, confidencialidad y seguridad de la información, prevención de fraudes e identificación de clientes.
- Presentar una relación patrimonial de los accionistas y de los administradores.
- Acreditar la titularidad sobre la interfaz o página de Internet que utilicen.
- Establecer la infraestructura contable y operativa que disponga la CNBV.
- Presentar un proyecto de reforma de estatutos sociales.
Banxico, quien no ha permitido la operación legal de las criptomonedas en México
Además, las empresas están obligadas a cumplir los monitoreos de los reguladores, así como obligaciones adicionales: expedientes, acciones correctivas, acciones de garantía, entre otros. Asimismo, deben contar con un gobierno corporativo, y deben reportar a las autoridades financieras.
En su momento, Carlos Valderrama explicó a BeInCrypto que “falta voluntad” de las autoridades financieras para desarrollar esquemas experimentales o sandbox que permitan la circulación controlada de criptomonedas:
“La Ley Fintech de 2018, preveía herramientas como Open Finance, modelos novedosos mediante sandbox, pero a la fecha, ha habido más de ocho solicitudes de autorización para un modelo novedoso, pero el marco mexicano no es óptimo.”
El capítulo III del artículo 30 de la Ley Fintech establece que “en ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional”, es decir, México no podría adoptar Bitcoin (como El Salvador) como moneda de curso legal.
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La Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera solo podría operar con activos virtuales que sean determinados por Banxico. El banco central solo ha emitido la circular 4/2019 (en el Diario Oficial) donde estipuló las reglas generales para instituciones de crédito y plataformas que quieran operar activos virtuales.
Expertos han señalado que la Ley Fintech de México cuenta con bases sólidas para regular el uso de criptomonedas. El socio fundador de BlackBox, Víctor Aguirre, ahondó que no existe un listado publicado por parte de Banxico donde autorice la operación de las criptomonedas. El “empujón” del banco central sería determinante para el ecosistema.
“El listado de activos virtuales con los que pueden operar las FinTech les permitiría pedir autorización para manejarlos y por ende se someterían a la supervisión de la CNBV, con una vigilancia activa, darían certeza en el cumplimiento y en un caso como el de FTX la se percatarían rápidamente para sancionar.”
Ley Fintech: Remesas y salarios, el mayor uso de criptomonedas en México
El artículo 30 (capíitulo III) de la Ley Fintech sostiene que Banxico es el único autorizado para establecer plazos, términos y condiciones para la operación de activos virtuales. En tanto, las plataformas que operen activos virtuales están obligadas a contar con los todos los fondos del cliente, listos para ser retirados cuando el usuario lo determine.
Además, el artículo 105 muestra que Banxico determinaría como “conducta grave” que una plataforma utilice el dinero, fondos de pagos electrónicos o activos virtuales de los clientes para fines distintos a los pactados. En pocas palabras, sería inviable el modelo de negocio de gran parte de los exchanges de criptomonedas en México.
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De acuerdo con Bitso, las criptomonedas son utilizadas en México para las transacciones internacionales (remesas). Además, medios de pagos para productos y servicios y las más utilizadas en México son:
- Ethereum (ETH).
- Dogecoin (DOGE).
- Cardano (ADA).
- Tron (TRX).
- XRP (Ripple).
- Litecoin (LTC).
El exchange mexicano y uno de los más utilizados en la región, señaló que en los tres primeros trimestres de 2022, se enviaron más de 2,1 millones de dólares a través de la plataforma, para pagos transfronterizos. Además, lanzó sus principios regulatorios de “mejores prácticas” para la industria.
- Defender los intereses de los clientes (ante todo).
- Custodia segura de fondos.
- Un sistema financiero verdaderamente inclusivo.
- Neutralidad tecnológica.
- Relgas anti-lavado de dinero (ALD) que prevenga delitos.
- Mayor educación para la toma informada de riesgos.
- Acceso sin fronteras a servicios financieros.
- Acuerdos de gobernanza corporativa que fomenten prácticas éticas en las empresas.